Daniel Noboa decreta nuevo estado de excepción en 10 provincias y tres cantones del país
La medida regirá durante 60 días y contempla la suspensión de derechos como la inviolabilidad de domicilio y correspondencia para enfrentar la grave conmoción interna.
El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó este martes 16 de junio un nuevo decreto de estado de excepción por grave conmoción interna, que tendrá una vigencia de 60 días en diez provincias y tres cantones del Ecuador.
La medida abarca las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Sucumbíos y Azuay. También incluye a los cantones La Maná, en Cotopaxi; Las Naves, en Bolívar; y La Troncal, en Cañar.
A diferencia de anteriores decretos, esta disposición no contempla toque de queda. Sin embargo, establece la suspensión temporal de derechos constitucionales relacionados con la inviolabilidad de domicilio y la inviolabilidad de correspondencia.
Según el decreto, la suspensión de la inviolabilidad de domicilio permitirá a las autoridades realizar allanamientos cuando existan indicios sobre la presencia de grupos armados organizados, armas, explosivos, sustancias sujetas a fiscalización u otros elementos vinculados con actividades delictivas o amenazas a la seguridad nacional.
Asimismo, la suspensión de la inviolabilidad de correspondencia busca facilitar la identificación, recopilación y análisis de información relacionada con los hechos que motivaron la declaratoria de excepción.
El Gobierno precisó que estas acciones deberán ejecutarse bajo criterios de necesidad, proporcionalidad y respeto al debido proceso, garantizando la observancia de los derechos constitucionales.
El decreto también autoriza la requisición temporal de bienes y servicios que resulten estrictamente necesarios para el desarrollo de operaciones de seguridad durante la vigencia de la medida.
Además, se dispone la intervención coordinada de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para fortalecer el control territorial, prevenir acciones de grupos delictivos organizados y mantener el orden público en las zonas afectadas.
La ejecución de esta disposición estará a cargo del Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio del Interior, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas, en coordinación con las demás instituciones competentes.
Como parte del procedimiento legal, el Ejecutivo notificará la declaratoria a la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de Estados Americanos (OEA).

