Superintendencia de Compañías emite reglamento para la transformación de clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas
La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) emitió el Reglamento para la transformación de clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), estableciendo las normas y procedimientos que deberán seguir las instituciones deportivas que decidan acogerse a esta nueva figura jurídica.
La medida fue oficializada mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2026-002, suscrita por el superintendente Luis Alberto Cabezas-Klaere y publicada en el Registro Oficial este miércoles 24 de junio de 2026.
La normativa responde a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Deporte, Educación Física y Recreación, vigente desde el 11 de febrero de 2026, que abrió la posibilidad para que los clubes deportivos existentes se transformen en Sociedades Anónimas Deportivas bajo un marco regulatorio específico.
Entre los principales aspectos del reglamento se establece que la decisión de transformación deberá ser aprobada por la asamblea general del club, de acuerdo con lo previsto en sus estatutos, y requerirá el voto favorable de al menos las dos terceras partes de los asociados.
Asimismo, los estados financieros auditados servirán como base para determinar el patrimonio neto y el capital social inicial de la nueva sociedad, el cual no podrá ser inferior al monto fijado por la Superintendencia de Compañías. La asamblea general será la encargada de establecer dicho capital, que podrá superar el valor del patrimonio neto auditado.
El reglamento también señala que el capital social estará dividido en acciones nominativas. En los casos en que los estados financieros reflejen pérdidas, los asociados que decidan continuar con el proceso deberán realizar los aportes necesarios para cubrirlas y alcanzar el capital social establecido.
Por otro lado, si la institución opta por abrir su capital al público, deberá cumplir con los requisitos y procedimientos contemplados en la legislación para la oferta pública primaria de acciones.
La resolución incorpora además una restricción para evitar conflictos de intereses dentro del deporte profesional. En ese sentido, establece que ninguna persona natural o jurídica podrá poseer, de manera directa o indirecta, acciones en más de una Sociedad Anónima Deportiva que participe en la misma disciplina deportiva.
Con esta regulación, el Gobierno busca fortalecer la estructura administrativa y financiera de los clubes deportivos, promoviendo modelos de gestión más transparentes y sostenibles para el desarrollo del deporte ecuatoriano.

